El pasado 30 de septiembre en redes sociales, el rumor de la posible activación de los tribunales nacionales durante las semanas de flexibilización se hizo viral. A través de una supuesta Resolución 007-2020, se señalaba que se considerarían hábiles de lunes a viernes el ejercicio en tribunales para sentenciar todos los asuntos nuevos y en curso, con el estricto cumplimiento de normas sanitarias.
Desde el Observatorio Venezolano de Fake News, verificamos si para el momento existía esta información en la página oficial del Tribunal Supremo de Justicia, y la búsqueda no arrojó coincidencias para una resolución de número 007-2020.
Juan Carlos Salcedo, juez del Tribunal Octavo de Municipio en materia civil, señaló para el momento que está cadena reenviada por WhatsApp era falsa. Aseguró que no había nada confirmado aún.
Explicó que las máximas autoridades del ente penal no habían emitido pronunciamiento al respecto, por lo que dicha información no poseía validez, al carecer totalmente de veracidad. Salcedo además hizo referencia a la falla en la nomenclatura, pues las resoluciones anteponen el año antes del número de sentencia, lo cual no es correcto.
“No siendo suficiente con lo anterior, la resolución que anda corriendo por allí, ni siquiera tiene fecha de publicación, es decir, pareciera que fuese como un borrador, y se filtró esa información; pero, por no ser confirmada por nuestras máximas autoridades, se tiene como un simple rumor y una noticia falsa. Ni siquiera está publicada en la página del TSJ”.
Posteriormente el Tribunal Supremo de Justicia emitió en fecha primero de octubre, la resolución 2020-0008, que validaba el rumor, bajo otro número de sentencia.
La misma reza: Durante la semana de flexibilización decretada por el Ejecutivo Nacional, atendiendo a las recomendaciones emitidas por la Comisión Presidencial para la Prevención, Atención y Control del COVID-19, se considerarán hábiles de lunes a viernes para todos los Tribunales de la República debiendo tramitar y sentenciar todos los asuntos nuevos y en curso.
Durante la semana de restricción decretada por el Ejecutivo Nacional, atendiendo a las recomendaciones emitidas por la Comisión Presidencial para la Prevención, Atención y Control del COVID-19, permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos; salvo para aquellas que puedan decidirse a través de los medios telemáticos, informáticos y de comunicación (TIC) disponibles.
En este caso, se evidencia que un rumor puede volverse realidad y estos llegan incluso antes que la información oficial, o en este caso específico, antes de la resolución emitida por los tribunales del país.
Más de 6 meses cerrados
Desde que el pasado 20 de marzo la Sala Plena del TSJ publicó su resolución 01, suspendió las causas y detuvo la secuencia de lapsos procesales respondiendo al estado de alarma decretado por el Ejecutivo de Nicolás Maduro ante la pandemia del COVID-19. Las resoluciones fueron renovadas mes, tras mes, hasta la fecha. Solamente algunos tribunales penales estuvieron semi operativos, así como las salas Constitucional y Electoral del máximo juzgado, tan solo para asuntos catalogados como “urgentes”
Según el artículo 339 de la Constitución venezolana establece que “La declaración del estado de excepción no interrumpe el funcionamiento de los órganos del Poder Público”, a pesar de esto, el máximo tribunal del país estuvo cerrado por más de seis meses, sin ofrecer respuestas a las causas interpuestas ante el ente.
¿Justicia virtual?
La sentencia 2020-0008, también establece que a pesar de estar abiertos los tribunales se priorizará la atención en línea de algunas causas.
“La Comisión Judicial y la Inspectoría General de Tribunales atenderán con prontitud todo reclamo que sea formulado en relación con lo que dispone esta Resolución y con tal finalidad, adoptarán el sistema de guardias para las labores de coordinación, inspección y vigilancia que les corresponden, priorizando el uso de medios electrónicos y páginas web oficiales”
Juristas y agremiados en torno al brazo legal del país, señalan que la medida no es viable en un país con las condiciones tecnológicas precarias que se evidencian.
La asociación civil sin fines de lucro Observatorio Venezolano de la Justicia señala que la justicia virtual solo podría acentuar el retardo procesal en el país.