El próximo 8 de marzo se celebra el Día Internacional de la Mujer. Este año, el tema para la celebración acordado por la Organización de Naciones Unidas es “Mujeres líderes: Por un futuro igualitario en el mundo de la Covid-19”. La intención de la ONU Mujeres es celebrar los esfuerzos enormes realizados por mujeres y niñas de todo el mundo para que este se recupere ante la pandemia y para construir un futuro más igualitario.
Pero lejos de celebrar, mujeres de todo el mundo tienen previsto visibilizar y denunciar los riesgos a los que se exponen en países donde la violencia de género incluso ha aumentado durante el confinamiento por la pandemia. Con el lema “Ni una menos”, organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres alzarán su voz en protestas de calle y virtuales este 8 de marzo de 2021.
Según el contador de mujeres asesinadas en Venezuela que lleva Cotejo.info, durante el año 2020 fueron asesinadas 237 mujeres en Venezuela. De esa cantidad, al menos 106 asesinatos, es decir, un 44,92% del total, califican para ser considerados femicidios, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sancionada en 2007.
Durante los primeros dos meses de este 2021, más de 26 femicidios se han registrado en Venezuela, según el contador de Cotejo.info, proyecto de fact-checking de la Asociación Civil Medianálisis y pionero de la verificación de hechos en Venezuela. Pero, ¿qué es femicidio? ¿Es sinónimo de feminicidio? ¿Qué dice la legislación nacional al respecto?
¿Femicidio o feminicidio? Orígenes y diferencias conceptuales
El Diccionario de la Lengua Española (DLE) define el feminicidio como “asesinato de una mujer a manos de un hombre por machismo o misoginia”. La palabra femicidio es asumida por este diccionario como sinónimo de la primera. La Real Academia Española (RAE) incluyó la palabra feminicidio en el DLE en el año 2014, “tres décadas después de que se conceptualizara el término en inglés feminicide”, señala en una nota Radio Francia Internacional (RFI).
Elisenda Panadés, autora de la referida nota de RFI, recuerda que fue una antropóloga mexicana quien tradujo al español y reformuló el término inglés femicide. Su nombre es Marcela Lagarde, fundadora de la Red de Investigadoras por la Vida y la Libertad de las Mujeres y considerada el mayor referente del feminismo en América Latina.
Antes, en 1976, otra mujer, de origen sudafricano y fallecida en julio de 2020, fue quien conceptualizó por primera vez el término femicide. Su nombre es Diana Russell, autora junto a la también feminista Jill Radford del libro traducido al español como Feminicidio. La política del asesinato de las mujeres (1992, 1era. ed.), texto donde aparece por primera vez la definición de este término: “el asesinato misógino de mujeres cometido por hombres”.
Russell fue una de las principales creadoras del Primer Tribunal Internacional de Crímenes contra las Mujeres, celebrado en 1976 en Bruselas, con la participación de más de 2.000 mujeres provenientes de 40 países. En este encuentro Russell utilizó por primera vez la palabra femicide, para referirse a la discriminación, desigualdad y violencia sistemática contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres.
Recuerda Panadés que fue gracias al empeño de Lagarde y otras mujeres que México se convirtió en el primer país en incorporar el feminicidio en el código penal, en el año 2007. En este país, la voz más utilizada es feminicidio, con la definición indicada por Russell.
En materia lingüística, ambos términos en español, femicidio y feminicidio, son utilizados indistintamente para referirse a lo mismo. Sin embargo, en materia legal estos términos pueden tener diferencias, como explicó la diputada de la Asamblea Nacional de 2015, Tamara Adrián, al medio de comunicación digital Crónica Uno.
El femicidio en la legislación venezolana
En Venezuela, el término femicidio se incluye en una reforma a la Ley Orgánica por el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, hecha el 25 de noviembre de 2014 y publicada en Gaceta Oficial N° 40.548. Allí se incluye el femicidio en el artículo 15 de la ley, referido a las formas de violencia contra la mujer, y se define como “la forma extrema de violencia de género, causada por odio o desprecio a su condición de mujer, que degenera en su muerte, producidos tanto en el ámbito público como privado”.
Adrián explicó a Crónica Uno que “el femicidio es superior a un homicidio ordinario, porque se trata de un crimen de odio hacia la mujer. Entonces se presume, con base en evidencias, que el autor actúa por causas de odio –como agresión sexual o violación– a su género”.
Del mismo modo, resaltó que en Venezuela no deben utilizarse como sinónimos femicidio y feminicidio, ya que este último término se refiere al asesinato de mujeres por causas violentas, sin que la causa principal sea el odio hacia la mujer por razón de su género, lo que se denomina misoginia. El feminicidio, en cambio, puede ocurrir “por ejemplo, si cuatro hombres y una mujer están caminando por una calle y llega alguna persona armada y los mata a todos, esto se considera feminicidio, porque involucra a ambos géneros”, explica quien también es abogada.
Las penas por el delito de femicidio agravados en Venezuela pueden sumar entre 28 y 30 años de prisión. “Por ser considerado un delito contra los derechos humanos, quien fuere sancionado por el delito de femicidio no tendrá derecho a gozar de los beneficios procesales de ley ni a la aplicación de medidas alternativas de cumplimiento de la pena”, señala la referida reforma la Ley en su artículo 57.
Referencias
– Ley Orgánica por el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Caracas, Venezuela. Gaceta Oficial N° 38.668. 24 de abril de 2007. [Documento en línea]. Disponible en: https://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/11.-Ley-Org%C3%A1nica-sobre-el-Derecho-de-las-Mujeres-a-una-Vida-Libre-de-Violencia.pdf
-Reforma de la Ley Orgánica por el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Caracas, Venezuela. Gaceta Oficial N° 40.548. 25 de noviembre de 2014. [Documento en línea]. Disponible en: https://oig.cepal.org/sites/default/files/2014_ven_feminicidio_ley_organica_sobre_derecho_de_mujeres_a_una_vida_libre_de_violencia_25_11_14-1.pdf
-Maitta, D. (2020). Feminicidio, femicidio y otros tipos de violencia contra la mujer. Crónica Uno. 25 de febrero. [Documento en línea]. Disponible en: https://cronica.uno/feminicidio-femicidio-y-otros-tipos-de-violencia-contra-la-mujer/
-Panadés, E. (2014). ‘Feminicidio’ entra en la RAE. Radio Francia Internacional (RFI). 10 de abril. [Documento en línea]. Disponible en: https://www.rfi.fr/es/cultura/20140410-feminicidio-entra-en-el-diccionario-de-la-rae
-Rojas, O. (2020). Mujeres asesinadas en Venezuela durante el año 2020. Cotejo.info. [Documento en línea]. Disponible en: https://cotejo.info/2020/06/mujeres-asesinadas-en-venezuela/
-(2021). 26 mujeres han sido asesinadas en Venezuela en lo que va de 2021. Cotejo.info. [Documento en línea]. Disponible en: https://cotejo.info/2021/01/mujeres-asesinadas-en-venezuela-2021/
-Russell, D. y Radford, J. (2006). Feminicidio. La política del asesinato de las mujeres. Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). México D.F., México.
-Vaniezcot, L. (2020). Muere Diana Russel, una de las creadoras del marco teórico del Feminicidio. 31 de julio. [Documento en línea]. Disponible en: https://amecopress.net/Muere-Diana-Russel-una-de-las-creadoras-del-marco-teorico-del-Feminicidio