No queda duda respecto al efecto que sobre el debate público tiene la desinformación que corre por internet en forma de propaganda, teorías conspirativas, rumores, noticias falsas, cadenas, memes y bots. De modo que no parece descabellado concentrar esfuerzos para enfrentar la amenaza y tomar acciones que vayan más allá de la condena moral.
Iniciamos con la experiencia de la Comisión Europea que se atrevió a normar la obligación que tienen las plataformas digitales de mostrar sus algoritmos y el uso que de ellos se hace.
Así consta en su Comunicación titulada “Lucha contra la desinformación en línea: un enfoque europeo”[1] que insta a las plataformas digitales para que aumenten la capacidad de verificación de datos, detecten y cierren cuentas falsas, hagan más transparente su publicidad política y reduzcan la visibilidad de la desinformación facilitando la localización de contenido fiable, etc. Esa Comunicación dio paso a un Código de Prácticas suscrito por Facebook, Google, Twitter, Mozilla y Microsoft en el que se comprometen a enfrentar la difusión de mentiras y falsedades.
Alemania regula el contenido a través de los proveedores de acceso a internet. O sea, la ley NetzDG de 2017, obliga a la red a procesar las denuncias o quejas contra contenidos ilícitos y, si es el caso, a eliminarlos. Este aspecto implica que lo ilícito no lo califica una autoridad penal, sino que lo puede hacer Facebook o Twitter, lo que constituye una violación evidente de la libertad de expresión.
Francia aprobó una normativa[2] sustancialmente distinta a la alemana, primero porque norma la difusión de información falsa en períodos electorales y luego, porque la prohibición de difusión le corresponde a los tribunales cuando considere que la inexactitud o el engaño son evidentes. Para garantizar la lucha contra la desinformación, Facebook, Twitter o Google están obligadas a ser más transparente por tanto deben dar información sobre anuncios políticos pagados en sus sitios.
España y Canadá tienen experiencias interesantes porque han optado por planes y acciones para resguardar los contenidos que circulan en la web, educando e informando a la ciudadanía. Así, Cataluña propicia la educación a las familias respecto a la identificación de fake news. La información está disponible en la web del Concejo Audiovisual de Cataluña. Mientras que Canadá se enfocó en el reforzamiento del sistema electoral involucrando a los Ministerios de Instituciones Democráticas, Seguridad Pública y Defensa Nacional. Aparte se instruye a los ciudadanos sobre las prácticas de engaños en línea y se estimula a las plataformas para que implementen acciones que garanticen la transparencia y reduzcan la desinformación.
En América también se cuentan con interesantes propuestas de regulación. Por ejemplo, Brasil cuenta con una ley electoral que permite la campaña en sus redes sociales a partidos políticos y candidatos, esa apertura propició el uso de WhatsApp como canal preferido no sólo para la propaganda sino también para rumores y bulos. Esto fue posible debido a la ausencia de regulación de esa plataforma y a la recolección de datos personales (que se hizo sin consentimiento o que fue obtenido para otros fines), además las empresas de telecomunicaciones implementaron el zero-rating (práctica que violenta el principio de neutralidad de la red) dando datos gratuitos a usuarios de teléfonos móviles siempre que usen sólo Facebook o WhatsApp.
Todos estos factores se conjugaron para agrupar a los usuarios en sus grupos de confianza y difundir mensajes (generalmente rumores) no confirmados, pero en los que creemos porque vienen de los contactos conocidos con los que compartimos por WhatsApp. La gravedad del asunto provocó la discusión de varios proyectos de ley que buscan castigar la difusión de noticias falsas.
Varias organizaciones[3] han denunciado que en México las leyes de protección de datos y las electorales no parecen suficientes para atajar a la desinformación, y el Instituto Nacional Electoral no tiene autoridad para sancionar el uso ilegal de los datos de los ciudadanos. La ley mexicana permite la publicidad electoral en internet, castiga a los candidatos y partidos políticos por expresiones denigrantes o calumniosas y por emitir información falsa sobre resultados electorales.
En 2018 Nicaragua optó por reformar el Código de la Niñez, el Código de Familia y el Código Penal para incluir el tema de las noticias falsas. Ese mismo año en Honduras se discutía el proyecto de Ley Nacional[4] de ciberseguridad y medidas de protección ante los actos de odio y discriminación en internet y redes sociales que delega en las plataformas digitales la posibilidad de prohibir ciertos contenidos.
Por su parte, Venezuela incluye como delito la difusión de informaciones falsas que causen pánico en la colectividad[5], regula la difusión de mensajes en redes sociales[6], insta a los proveedores de medios electrónicos a restringir los mensajes, los hace responsables de su difusión y los multa por no atender a las solicitudes de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones[7]. La sanción para radio y televisión incluye la revocatoria de la concesión y en el caso de los medios electrónicos se castiga a la persona jurídica responsable con altas multas.
Colombia tuvo dos proyectos de ley, el de 2017[8] que prohíbe la creación y el uso de cuentas anónimas en internet para difundir noticias falsas con penas de cárcel y multa. El de 2018[9] que regula las publicaciones en redes sociales, que ha sido duramente criticado por violentar la libertad de expresión, dejar por cuenta de las plataformas la eliminación de contenidos sin que medie orden judicial. También en 2018, en Chile se pensó en una reforma constitucional para incluir como causal de destitución de algunos cargos de elección popular, a los funcionarios responsables de la difusión o financiamiento de noticias falsas respecto de otras candidaturas en el período de campaña.
Las experiencias evaluadas son concluyentes: sobre todo en Latinoamérica, la tendencia es a restringir la difusión de contenido apelando a conceptos ambiguos o imprecisos como las “noticias falsas” (fake-news); incumplen los tres pasos debidos para restringir la libertad de expresión: legalidad, necesidad y proporcionalidad (el test tripartito); dejan en manos privadas (redes sociales como FB, TW) la calificación de los contenidos que las personas publican, lo cual afecta a la discusión pública de los asuntos de interés. O sea, no cumplen con los estándares internacionales[10].
Es importante concluir admitiendo que en el problema de la desinformación en internet participan muchos actores: los ciudadanos comunes, los políticos y los gobiernos, los medios de comunicación, las redes sociales con sus modelos de negocios, etcétera, y así de amplias deben ser las soluciones.
Es importante el compromiso de todos contra la desinformación, por eso se insiste tanto en la alfabetización mediática informacional para educar al ciudadano, reglas claras en los procesos electorales y rendición de cuentas para los funcionarios, mejores técnicas de verificación de la información periodística y obligación de transparencia de las plataformas por un mejor ecosistema digital. Legislar para censurar no es la solución, ni siquiera hay un recurso único que resuelva el asunto de la desinformación, pero no tomar medidas tampoco es una posibilidad.
Referencias
[1] Ver en: https//eur.europa.eu/legal-content/es/TXT/?uri=CELEX%3A52018DC0236
[2] Ley aprobada por la Asamblea Nacional en 2018 (Loi organique n° 2018-1201 du 22 décembre 2018 relative à la lutte contre la manipulation de L’information)
[3] Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), artículo 12 y Tactical Tech.
[4] La CIDH se pronunció al respecto a través de sus relatorías especiales. Informe OL HND 5/2018).
[5] Código Penal Artículo 296-A.
[6] Norma aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente como Ley constitucional contra el odio por la convivencia pacífica y la tolerancia, artículo 13, 14 y 22.
[7] Ley de responsabilidad social en radio, televisión y medios electrónicos: artículos 27 y 33.
[8] Proyecto de ley No. 224 propuesto por la representante Margarita Restrepo.
[9] Proyecto de ley No. 179 presentado por el Senador Name Cardozo.
[10] Declaración Conjunta Sobre Libertad De Expresión Y “Noticias Falsas” (“Fake News”), Desinformación y Propaganda. OEA. 2017 http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=1056&lID=2